Desprecio por la justicia
14 Ene. 2025 7:16 am
Libertas Capitur | Félix Sarracino
La ampliación a la Prisión Preventiva Oficiosa PPO ya es constitucional. Se logró con el voto de la aplanadora guinda en el Congreso de la Unión. Sólo la exigua oposición la tildó de vulnerar la presunción de inocencia. Esta decisión abre la puerta a más abusos de poder y atenta contra las garantías de libertad y acceso a la justicia.
La PPO es una atribución que tienen las autoridades judiciales para meter a la cárcel a un ciudadano que aún no ha sido juzgado. La Organización de las Naciones Unidas ONU la ha calificado como “detención arbitraria”. En una desnuda concepción, se trata de un ataque directo a los derechos humanos. Pero el régimen la vistió con el pomposo traje a la medida de la cautela judicial.
El artículo 19 constitucional establece el catálogo de delitos aplicables, que es prolijo. Las autoridades que persiguen y juzgan los delitos son las encargadas de aplicarla sin previo juicio. Y sí, claro, son los mismos ministerios públicos y los jueces cuya designación se ha polítizado. Y otrosí: salvo honrosas excepciones, todos tienen su origen en el régimen de Morena.
Si alguien es probable responsable de un delito incluído en dicho catálogo, debe ir a parar con sus huesos a la cárcel, hasta que se dicte una sentencia que lo absuelva o lo condene. Y eso de “probable responsable” puede parecer bastante obvio, pero no siempre es así. El recurso de fabricar delitos a los enemigos es bastante común en los regímenes autoritarios.
Evidentemente, la sentencia puede tardar años en dictarse. Mientras tanto, en lo que se dilucida su situación definitiva, el acusado deberá permanecer “asegurado”. Puede permanecer al resguardo de las sombras hasta por dos años (según la ley), si no hubiera otra cosa que la retarde. Otra cosa como, por ejemplo, ineficacia del sistema, chicanas judiciales e intereses políticos.
Así pues, si el detenido resulta culpable, el juez dictará la pena de prisión correspondiente, a la que se le conmutará el tiempo que haya permanecido en PPO. Pero si en su resolución final el juez determina que es inocente, se dejará en libertad inmediata al reo. Y ni a quién reclamar.
El próximo 27 de enero cumplirá dos años la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos CIDH, en el caso Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México. En esta doceava ocasión que interviene la Corte en un caso mexicano, se decretó que nuestro (aún) país violó los derechos a la integridad personal, libertad personal, garantías judiciales y protección judicial a los involucrados.
La CIDH determinó que la aplicación de la prisión preventiva para los delitos que revisten cierta gravedad, se llevó a cabo sin el correspondiente análisis de las circunstancias particulares del caso. Y que el Estado mexicano vulnera el derecho a no ser privado de la libertad arbitrariamente, al control judicial de la privación de la libertad y a la presunción de inocencia.
Existe suficiente evidencia de que muchas personas pasan demasiado tiempo en la cárcel, esperando una sentencia. Y “demasiado tiempo” significa –según mi entendimiento, amable lector que llegó hasta aquí– desde el segundo preciso en el que se verifica una detención arbitraria, hasta los meses y años que suele durar:
La duración promedio de la prisión preventiva en cárceles de México varía según la jurisdicción y las circunstancias específicas del caso.
Según el Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal CNIJE del INEGI 2022, en ese año la población en la penitenciarías de México por PPO fue del 50.2% de los presos, mientras que el 23.9% enfrentaba la prisión preventiva justificada.
En el 2021, el tiempo promedio que duró un proceso penal en tal condición fue de 141 a 248 días. Pero se ha demostrado, como en el caso in comento, que hay personas que llevan años esperando sentencia desde la cárcel. Esta situación tiene consecuencias morales, sociales y económicas para las familias de México.
La PPO debe desaparecer porque es injusta. Va contra el principio de presunción de inocencia que debe prevalecer en el proceso penal. Es condescendiente con la ineficacia y el abuso de poder. Y en manos de un Estado autoritario, se convierte en un instrumento de opresión. Volteemos a ver hacia Venezuela y otros gobiernos autoritarios. Ya no digamos Cuba.
La ampliación del catálogo de delitos por PPO, impulsado por el régimen de Morena, demuestra la total ausencia de vocación democrática del gobierno que encabeza la presidenta Claudia Sheinbaum. Y es una evidencia más del desprecio con el que México ha tratado sus compromisos con la justicia y los derechos humanos internacionales.
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