Ordena SCJN al IMSS garantizar servicios médicos integrales para niñas, niños y adolescentes
CDMX | El Pleno declaró inconstitucional, con efectos generales para todas las niñas, niños y adolescentes, la norma que excluía de la cobertura del Seguro de Enfermedades y Maternidad y de los servicios médicos del IMSS la dotación de anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas.
Esta exclusión vulneraba el interés superior de la niñez y su derecho a la salud.
La decisión derivó de un amparo resuelto por la entonces Segunda Sala, que ordenó al IMSS brindar tratamiento integral a un niño derechohabiente con discapacidad auditiva, a quien se le había negado dicha cobertura, así como de la omisión del Congreso de la Unión de adecuar la legislación dentro del plazo constitucional.
A partir de ahora, todas las autoridades deberán garantizar esta protección reforzada del derecho a la salud para niñas, niños y adolescentes.
La Declaratoria General de Inconstitucionalidad es la 13/2025.
