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¿Vale más la voz popular que el texto constitucional?

8 Oct. 2024 9:29 am

EL FENIX DEL DERECHO | Pablo Andrei Zamudio Díaz* | En la era contemporánea, hemos sido testigos de la creciente tendencia a tomar decisiones políticas amparadas en la voz popular. Este fenómeno, en apariencia propio de un sistema democrático robusto, plantea una interrogante crucial: ¿puede la voluntad de la mayoría prevalecer sobre el texto constitucional? ¿Debe la voz popular tener la capacidad de modificar principios fundamentales que rigen nuestra vida en sociedad?

En una democracia, es indiscutible que la voz popular es un pilar fundamental. La participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones es no solo deseable, sino necesaria para garantizar que el gobierno refleje los intereses y deseos del pueblo. Sin embargo, esa voz no debe ser absoluta ni estar por encima de la Constitución, que no solo es la ley suprema, sino el pacto que garantiza los derechos fundamentales de todas las personas, incluso frente a la voluntad de las mayorías.

La Constitución no es un documento que puede ser modificado a capricho. Al contrario, establece límites claros precisamente para evitar que una mayoría circunstancial pueda vulnerar los derechos humanos o alterar los equilibrios institucionales, como la división de poderes. Es, en este sentido, el baluarte que protege la estabilidad del Estado de derecho y garantiza la justicia y la libertad para todos, sin excepción.

El poder de la voz popular no debe estar en confrontación con el texto constitucional, sino que debe ser reencauzado dentro de los cauces previstos por nuestra Carta Magna. Esto no significa ignorar al pueblo, sino asegurarse de que las decisiones que emanan de la participación ciudadana respeten los principios fundamentales que sostienen nuestra democracia. Al final del día, el poder del pueblo se expresa mejor cuando se ejerce dentro del marco constitucional, porque la Constitución es la mejor garantía de que los derechos de todas las personas estén protegidos, y no solo los de una mayoría momentánea.

Es un error pensar que la democracia consiste únicamente en la voluntad de la mayoría. Las verdaderas democracias son aquellas que protegen los derechos de todos, incluso de las minorías. La Constitución es ese instrumento que asegura que las decisiones populares no puedan retroceder en términos de derechos humanos o desequilibrar las instituciones. Si la voz popular exige cambios, el camino debe ser la reforma constitucional a través de los procedimientos que la propia Constitución establece.

En tiempos en los que se insiste en la supremacía de la voluntad popular, es fundamental recordar que el verdadero propósito de la democracia no es solo escuchar al pueblo, sino proteger sus derechos más allá de las corrientes políticas del momento. La Constitución no debe ser vista como un obstáculo, sino como el cimiento sobre el cual se construye una sociedad justa y libre.

La justicia, la libertad y la dignidad no pueden quedar al arbitrio de mayorías volátiles. La voz popular debe ser siempre escuchada, pero guiada por el respeto a la Constitución, que no es otra cosa que el marco de protección de los derechos fundamentales de todos, sin excepción.

Este enfoque plantea una reflexión urgente: la voz del pueblo y el texto constitucional no son adversarios, sino aliados necesarios en la construcción de una sociedad democrática que respete y garantice los derechos fundamentales de todas las personas.

*Pablo Andrei Zamudio Díaz
Abogado Constitucionalista

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