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CHETUMAL | SIM | Aunque la instrucción del presidente del Tribunal Superior de Justicia, Heyden Cebada Rivas, es acabar con la impunidad, la corrupción y el influyentismo en la dependencia impartidora de justicia en Quintana Roo, el juez de control Eduardo Utrilla López ha sido señalado por una víctima como protagonista de una actuación presuntamente parcial, arbitraria y contraria a la Constitución, derivada de una resolución emitida el pasado 17 de abril de 2026.

La denuncia pública de la defensa de la presunta víctima, “se le acusa de haber tomado decisiones que podrían favorecer indebidamente a la defensa y comprometer gravemente el acceso a la justicia de la víctima dentro de la carpeta administrativa 510/2025”, señalan los quejosos.

El asunto no es mejor y ya llegó hasta el Tribunal de Disciplina Judicial, para que tome cartas en el asunto, pues en dicha audiencia, el Juez Eduardo Utilla López, “cerró la investigación incompleta y fuerzan acusación”; además, de acuerdo con el recurso de apelación interpuesto, el juez en cuestión, “negó la reapertura de la investigación, pese a que existían diligencias pendientes, ordenó al Ministerio Público acusar en 48 horas, aun reconociendo que la investigación no estaba concluida”.

Este doble acto ha sido calificado por la asesoría jurídica como una decisión “desproporcionada y restrictiva de derechos fundamentales”, que en los hechos impone una acusación forzada basada en una investigación incompleta.

Más grave aún, el propio Ministerio Público habría reconocido en audiencia que existían actos de investigación pendientes y que no se oponía a continuar investigando, elemento que, según la defensa, fue simplemente ignorado por el juzgador.

La Asesoría Jurídica acusó “falta de imparcialidad (porque) adoptó postura de la defensa”. Uno de los puntos más explosivos del caso es el señalamiento directo de posible parcialidad judicial.
Según los abogados de la víctima, la violación al debido proceso está en que el juez no realizó un análisis propio de los argumentos; desestimó sin justificación las solicitudes de la víctima y; en los hechos replicó los argumentos de la defensa, sin confrontarlos ni motivarlos.

“Esto, advierten, no es un simple error técnico, sino un indicio de que el juzgador pudo haber abandonado su papel de árbitro imparcial. Señalan invasión de funciones: el juez ordenó acusar; cuando el Ministerio Público es el único facultado para decidir cuándo acusar y el juez no puede imponer estrategias de persecución penal”, especifica el abogado José F. López.

POSIBLE VIOLACIÓN GRAVE AL DEBIDO PROCESO
La denuncia también incluye un señalamiento delicado: el juez omitió informar a la víctima que podía apelar la resolución, así como el plazo legal para hacerlo. Esta omisión, lejos de ser menor, coloca a la víctima en estado de indefensión, al impedirle reaccionar oportunamente frente a una decisión que afecta de manera directa sus derechos.

Juristas consultados advierten que, de confirmarse estos hechos, estaríamos ante una “violación al derecho a una investigación exhaustiva; restricción indebida del acceso a la justicia; posible falta de imparcialidad judicial y; exceso en el ejercicio de funciones jurisdiccionales”.

Ante la gravedad de los hechos, la defensa de la víctima ya promovió recurso de apelación, solicitando la revocación total de la resolución; así como la reapertura de la investigación y la suspensión de la orden de acusar en 48 horas.

Será ahora un tribunal superior quien determine si la actuación del juez se ajustó a derecho o si, como se denuncia, se trató de una resolución arbitraria que vulnera derechos fundamentales.


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